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TÉRMINOS Y CONDICIONES DE USO PARA SUBCOMERCIOS AGREGADOR

INNOVA TUS PAGOS S.A.S. es una empresa facilitadora de pagos electrónicos que permite a las personas realizar transacciones en línea, ya sea de pagos o cobros, de manera segura. La plataforma operativa permite el traspaso de dineros de los USUARIOS a los SUBCOMERCIOS inscritos en INNOVA TUS PAGOS S.A.S.

Este acuerdo de voluntades tiene por finalidad dar a conocer la regulación de términos y condiciones bajo las cuales se deben usar las plataformas ofrecidas por INNOVA TUS PAGOS S.A.S., por ello es importante que revise detenida y detalladamente el siguiente texto acerca de la política de uso que hemos reunido en este documento, pues una vez usted los acepte podrá empezar a pagar y cobrar en línea mediante la plataforma tecnológica.

Con la aceptación de estos términos y condiciones, el SUBCOMERCIO, sea persona natural o jurídica, estará estableciendo un negocio jurídico que lo vincula con INNOVA TUS PAGOS S.A.S.


1. OBJETO

Este vínculo tiene como objeto regular los términos y condiciones bajo los cuales se rige el funcionamiento de las plataformas de servicios que INNOVA TUS PAGOS ofrece a sus usuarios.

Una vez acepte los términos y condiciones, INNOVA TUS PAGOS habilitará una cuenta para hacer uso de la o las plataformas. De esta manera, los USUARIOS y el SUBCOMERCIO podrán hacer uso de las herramientas tecnológicas transaccionales de pago y cobro a través de INNOVA TUS PAGOS y sus diferentes desarrollos e implementaciones en el estado de la técnica, lo que permitirá que el SUBCOMERCIO realice cobros de productos o servicios adquiridos a través de una compraventa entre el SUBCOMERCIO y el USUARIO, o donaciones cuando a estas haya lugar. El retiro de los saldos que surjan de estos movimientos de dinero se realizará según lo acordado entre las PARTES.


2. PARTES

Se tendrán como extremos contractuales o PARTES del acuerdo de voluntades las siguientes:

2.1. INNOVA TUS PAGOS S.A.S. (AGREGADOR)

Para los efectos del mentado acuerdo, se tendrá como agregador a INNOVA TUS PAGOS S.A.S., en adelante INNOVA TUS PAGOS o simplemente ITP, sociedad debidamente constituida y registrada ante la Cámara de Comercio de Bogotá, identificada con NIT. 901.156.998-3, con domicilio en la ciudad de Bogotá.

2.2. SUBCOMERCIO

Para los efectos del mentado acuerdo, se tendrá como mandante a cualquier persona natural o jurídica registrada como “SUBCOMERCIO” en las plataformas que ha dispuesto INNOVA TUS PAGOS.

2.3. USUARIO (TARJETA HABIENTE/PAGADOR/DONADOR/CLIENTE)

En general, cualquier persona natural o jurídica que adquiera los servicios o productos que oferta el SUBCOMERCIO o que realice donaciones a través de la plataforma tecnológica INNOVA TUS PAGOS para realizar los pagos.


3. GENERALIDADES

3.1. MODELO AGREGADOR

Bajo esta modalidad, INNOVA TUS PAGOS actuará como facilitador y/o intermediario de pagos mediante su plataforma tecnológica operativa para el traspaso de los dineros entre el SUBCOMERCIO y los USUARIOS por medio de tarjetas de crédito, tarjetas débito PSE o pagos en efectivo a través de los diferentes convenios que se encuentren activos al momento de realizar los pagos. El SUBCOMERCIO en esta modalidad no requiere ningún convenio financiero, excepto una cuenta bancaria receptora de los fondos. En este modelo, el dinero proveniente del pago que haga el USUARIO será depositado primeramente en una cuenta bancaria de INNOVA TUS PAGOS, donde permanecerá hasta la fecha de dispersión acordada con el SUBCOMERCIO.

El SUBCOMERCIO debe entender que durante el tiempo que permanezca el dinero en las cuentas de INNOVA TUS PAGOS, este no será destinado a ninguna operación que genere rendimientos financieros. INNOVA TUS PAGOS no es una entidad vigilada por la Superintendencia Financiera de Colombia y el modelo agregador no permite bajo ninguna circunstancia que se presente este tratamiento de dineros de terceros.

3.2. MODELO GATEWAY

En este modelo, INNOVA TUS PAGOS no actúa como intermediario, sino como procesador del pago. Por lo cual, el dinero que transfiera el USUARIO será depositado directamente en la cuenta del SUBCOMERCIO. Para habilitar este servicio, el SUBCOMERCIO debe cumplir con los siguientes documentos y requisitos:

3.2.1. Procesamiento de transacciones a través de tarjeta de crédito:
  • Código Único de venta no presente GATEWAY.
  • Deberá habilitar las franquicias directamente con el banco donde tenga la cuenta y el Código Único GATEWAY.
  • Deberá remitir el certificado de la cuenta bancaria asociada al Código Único GATEWAY.
3.2.2. Procesamiento de transacciones a través de PSE:
  • El SUBCOMERCIO deberá estar registrado en el portal ACH.
  • El SUBCOMERCIO deberá remitir el service code.
  • El SUBCOMERCIO deberá remitir el entity code.
  • El SUBCOMERCIO deberá asignar a INNOVA TUS PAGOS como su pasarela de pagos en ACH.

3.3. DISPOSICIONES GENERALES SOBRE LOS MODELOS

Frente a los modelos de negocio, el SUBCOMERCIO debe entender que se pueden presentar las siguientes condiciones:

  • El SUBCOMERCIO puede habilitar de manera simultánea el modelo AGREGADOR y GATEWAY.
  • Si el SUBCOMERCIO solicita la habilitación del modelo GATEWAY sin cumplir con todos los requisitos, las transacciones podrán realizarse, pero estas se manejarán bajo los parámetros y costos del modelo AGREGADOR hasta que se cumplan la totalidad de requisitos exigidos por el modelo GATEWAY.

El SUBCOMERCIO entiende y acepta que la habilitación de los servicios tanto AGREGADOR como GATEWAY requiere la habilitación del SUBCOMERCIO frente a las entidades financieras, por lo cual la puesta en funcionamiento del servicio puede tardar hasta cuarenta y cinco (45) días.

3.4. DISPONIBILIDAD DE LOS SERVICIOS

Los servicios ofrecidos serán los que se encuentren disponibles al momento de realizar pagos en la plataforma tecnológica o las que se puedan implementar a futuro de manera permanente. Esto no impide que INNOVA TUS PAGOS suspenda el uso temporalmente de la plataforma por causas derivadas de mantenimiento y actualización del software, situación que será informada diligentemente al SUBCOMERCIO, salvo que esta se encuentre sometida a una situación de fuerza mayor o caso fortuito que impida su comunicación.

INNOVA TUS PAGOS no se hace responsable por la disponibilidad o posibles fallas que puedan presentar las entidades bancarias, centros de autorización y demás entidades que participen en la plataforma o en el modelo de pagos electrónicos.

3.5. PÁGINA WEB DEL SUBCOMERCIO

Independientemente del proveedor de servicios de web hosting utilizado por el SUBCOMERCIO, todas las transacciones y mensajes de datos originados desde su web serán atribuidos por INNOVA TUS PAGOS y no podrán ser repudiados por este.

Para hacer uso de la plataforma tecnológica, el sitio web o tienda virtual debe contar con un certificado SSL (https://). En caso de no cumplir con esta condición, INNOVA TUS PAGOS quedará facultado para bloquear la cuenta.

4. SERVICIOS

4.2. INNOVA TUS PAGOS es una empresa facilitadora de pagos electrónicos que está habilitada para prestar los siguientes servicios a sus SUBCOMERCIOS:

4.2.2.

Acceso a la plataforma de servicios de INNOVA TUS PAGOS destinada al procesamiento de pagos electrónicos como consecuencia de la venta de bienes y servicios (MERCHANT).

4.2.3.

Acceso a la plataforma de servicios de INNOVA TUS PAGOS destinada al procesamiento de pagos electrónicos como consecuencia de donaciones (MERCHANT).

4.2.4.

Provisión de terminales fijas para el procesamiento de pagos por venta de bienes y servicios.

4.2.5.

Provisión de terminales fijas para el procesamiento de donaciones.

4.2.6.

Recaudo de dineros en nombre del SUBCOMERCIO por cuenta de venta de productos y bienes o donaciones.

4.2.7.

Asistencia en la creación de portales WEB a través de los desarrollos dispuestos por INNOVA TUS PAGOS.

4.2.8.

Servicios de retiro de dinero a través de los canales autorizados.

4.2.9.

Dispersión de fondos a los SUBCOMERCIOS como compensación a los dineros recaudados en las cuentas habilitadas por este en el proceso de registro.

4.2.10.

Procesamiento de pagos directos a cuentas de SUBCOMERCIO por cuenta de venta de productos y bienes o donaciones.


4.3. El SUBCOMERCIO debe tener conocimiento que INNOVA TUS PAGOS no tiene injerencia en las siguientes conductas:

4.3.2.

INNOVA TUS PAGOS no tiene injerencia alguna en el negocio de compraventa llevado a cabo entre el SUBCOMERCIO y el USUARIO.

4.3.3.

INNOVA TUS PAGOS no tiene injerencia alguna en las donaciones concedidas por el USUARIO al SUBCOMERCIO.

4.3.4.

INNOVA TUS PAGOS no se hace responsable de las obligaciones tributarias en cabeza del SUBCOMERCIO.

4.3.5.

INNOVA TUS PAGOS no se hace responsable por la idoneidad, calidad, cantidad, distribución y demás características ofertadas sobre los productos o servicios por el SUBCOMERCIO al público en general.

4.3.6.

Aunque INNOVA TUS PAGOS en su sistema transaccional posee un módulo antifraude, el SUBCOMERCIO debe entender que las acciones dispuestas por la pasarela no garantizan la autenticidad o legalidad de las transacciones que se procesan a través del sistema. En este sentido, el riesgo de fraude es asumido por el SUBCOMERCIO conforme a las políticas dispuestas para ello.


4.4. El SUBCOMERCIO debe tener conocimiento que los servicios prestados por INNOVA TUS PAGOS no son equiparables a los siguientes:

4.4.2.

INNOVA TUS PAGOS no realiza labores de captación de dinero en cuentas bancarias, pues la relación establecida con el SUBCOMERCIO es un mandato que faculta a la pasarela para recaudar y gestionar las dispersiones de dinero.

4.4.3.

INNOVA TUS PAGOS no presta servicios bursátiles, reintegros del extranjero o servicios financieros en general.

4.4.5.

INNOVA TUS PAGOS no genera rendimientos con el dinero recaudado a título de mandato. El SUBCOMERCIO en este sentido entiende que los montos no están garantizados por ninguna autoridad estatal.


5. INSCRIPCIÓN

Los servicios de INNOVA TUS PAGOS deben ser utilizados a nombre propio o en representación y por cuenta de terceros en caso de las personas jurídicas legalmente constituidas en Colombia; está prohibida cualquier concesión a terceros salvo autorización expresa y fijada en medio escrito por parte de INNOVA TUS PAGOS.

Pueden inscribirse en INNOVA TUS PAGOS cualquier persona natural que no cuente con ningún impedimento para contraer obligaciones civiles por sí misma conforme al TÍTULO II del Código Civil colombiano (DE LOS ACTOS Y DECLARACIONES DE VOLUNTAD) o, en general, cualquier persona jurídica que cuente con su debido registro en la CÁMARA DE COMERCIO local o documento que haga sus veces y que cuente con Número de Identificación Tributario (NIT) proferido por la DIAN.

5.1.

Toda persona (SUBCOMERCIO) que desee implementar las soluciones de recaudo electrónico a través de INNOVA TUS PAGOS deberá registrarse en la plataforma, para lo cual deberá completar los formularios de registro, adjuntar la documentación correspondiente según la modalidad de inscripción y con las especificaciones indicadas.

5.2.

El SUBCOMERCIO deberá realizar un proceso de pre-registro mediante el cual diligenciará información básica. Este proceso solo habilitará la plataforma de INNOVA TUS PAGOS en ambiente de pruebas y no debe ser entendido por el SUBCOMERCIO como una aceptación para generar cobros a través de la plataforma.

5.3.

Para completar el proceso de registro, el SUBCOMERCIO deberá completar la información solicitada. Una vez sea cargada al sistema la totalidad de datos, INNOVA TUS PAGOS entrará a validar lo allí suministrado y dará respuesta al SUBCOMERCIO en un término de CINCO (05) días hábiles.

5.4.

El SUBCOMERCIO entiende que, en algunos casos, el proceso de estudio de registro puede contener especificidades que lleven al equipo de INNOVA TUS PAGOS a realizar un estudio extendido, por lo cual podrá solicitar más información e incluso una visita al SUBCOMERCIO. En este sentido, el término para informar la decisión adoptada podrá tardar hasta OCHO (08) días hábiles, lo cual es un requisito necesario para la aprobación de cualquier ESAL.

5.5.

INNOVA TUS PAGOS podrá abstenerse de habilitar la cuenta del SUBCOMERCIO en versión de producción a su entera discreción, lo cual incluye la posibilidad de no proporcionar el fundamento de la decisión.

5.6.

INNOVA TUS PAGOS validará la información consignada y podrá cruzarla en bases de datos públicas y privadas. El SUBCOMERCIO autoriza a INNOVA TUS PAGOS para recurrir a estos medios.

5.7.

Toda la información aportada por los SUBCOMERCIOS en el registro se presume veraz y tiene carácter de declaración juramentada.

Sin perjuicio de lo expuesto, INNOVA TUS PAGOS se reserva el derecho de cancelar, rechazar o suspender de manera temporal o definitiva cualquier SUBCOMERCIO en caso de detectar incongruencias en la información, acciones sospechosas o incumplimientos de políticas internas, sin estar obligada a informar las razones al SUBCOMERCIO.

Sin perjuicio de lo expuesto, INNOVA TUS PAGOS se reserva el derecho de cancelar, rechazar o suspender de manera temporal o definitiva cualquier SUBCOMERCIO en caso de detectar incongruencias en la información o acciones sospechosas o que vayan en contra de nuestras políticas, sin tener el deber de informar las razones al SUBCOMERCIO.


6. USO DE LA PLATAFORMA Y ENTREGA DE CLAVES

6.1. USUARIO Y CONTRASEÑAS

INNOVA TUS PAGOS habilitará una cuenta de pruebas con la dirección de correo electrónico principal que el SUBCOMERCIO hubiere allegado en el pre-registro. Así mismo, la llave de activación será el abonado telefónico celular principal. Una vez el SUBCOMERCIO complete el proceso de registro y sea activado por INNOVA TUS PAGOS, podrá realizar el cambio de llaves de activación.
Es responsabilidad del SUBCOMERCIO el manejo, custodia y cuidado de las claves para el acceso a su MERCHANT de cliente, por lo que cualquier uso de la plataforma o transacción realizada bajo su SUBCOMERCIO se presume veraz y autorizada. A partir de este momento, INNOVA TUS PAGOS queda exento de cualquier responsabilidad por los movimientos realizados desde su MERCHANT de cliente.

6.2. RESTABLECIMIENTO DE CONTRASEÑAS

Está facultado para hacer la solicitud de restablecimiento de contraseña tan solo el SUBCOMERCIO o su representante legal, mediante la casilla de “restablecer contraseña”.
Este restablecimiento se realiza únicamente al correo electrónico registrado. Se recomienda que, si el SUBCOMERCIO piensa cambiar la contraseña y los datos ingresados en el registro, primero actualice la información y luego proceda con el cambio de contraseña.

6.3. CONCILIACIÓN DE FONDOS

El SUBCOMERCIO y INNOVA TUS PAGOS acuerdan mediante este acuerdo que la conciliación de los fondos que perciba el SUBCOMERCIO por cuenta de los productos y servicios adquiridos por los USUARIOS en sus plataformas web de ventas asociadas a la plataforma tecnológica de pagos, se realizará los viernes de cada semana. En caso de que este día llegara a coincidir con una fecha festiva o día no hábil, la conciliación se realizará el día hábil siguiente.

6.4. MANEJO DE FONDOS

INNOVA TUS PAGOS se compromete a utilizar los fondos del USUARIO con la instrucción estricta establecida por este. INNOVA TUS PAGOS no está obligado a cumplir con las obligaciones tributarias o cambiarias que surjan del negocio jurídico entre el SUBCOMERCIO y el USUARIO.

6.5. USO DE FONDOS

INNOVA TUS PAGOS no es una entidad financiera ni una empresa captadora de dinero. En consecuencia, los saldos que ingresen a la cuenta temporal de INNOVA TUS PAGOS no generarán intereses a favor de los SUBCOMERCIOS. Dichas sumas estarán disponibles para el SUBCOMERCIO una vez el dinero se vea reflejado en la cuenta y de acuerdo con las políticas y condiciones de INNOVA TUS PAGOS.

6.6. DISPERSIÓN DE FONDOS

INNOVA TUS PAGOS transferirá los fondos recaudados a la cuenta indicada y/o asociada en las fechas acordadas con el SUBCOMERCIO. En caso de que este requiera el retiro de fondos fuera de las fechas establecidas, comprende que dicha transacción puede generar un costo adicional y que está dispuesto a asumirlo.
La transferencia de fondos no podrá realizarse si el SUBCOMERCIO no cuenta con al menos DOSCIENTOS CINCUENTA MIL PESOS ($250.000.00) M/CTE en la cuenta habilitada por INNOVA TUS PAGOS.

6.7. AUTENTICIDAD DE LAS TRANSACCIONES Y FRAUDE

Se entiende que la plataforma es un sistema de información para recopilar y confirmar datos, que el propietario de la transacción es el USUARIO y que INNOVA TUS PAGOS no es una entidad que suministre medios de pago. Por lo tanto, INNOVA TUS PAGOS no asume responsabilidad alguna por la autenticidad de las transacciones que se efectúen a través de la plataforma, ni por la presencia de fraude en las transacciones.

INNOVA TUS PAGOS podrá habilitar en la plataforma transaccional un módulo de prevención del fraude, configurable según el perfil de cada SUBCOMERCIO. La habilitación de esta herramienta es un apoyo en la prevención del fraude y limitación de transacciones que cumplan con un perfil de riesgo. Sin embargo, el SUBCOMERCIO entiende que este módulo no previene la ocurrencia de posibles fraudes y se compromete a vigilar las transacciones que se lleven a cabo a través de su cuenta.
Por lo tanto, INNOVA TUS PAGOS no responderá por fraudes generados en las cuentas de los SUBCOMERCIOS.

6.8. RETENCIÓN DE FONDOS

Para mitigar el riesgo de fraude en las transacciones, INNOVA TUS PAGOS podrá realizar verificaciones y aplicar retenciones preventivas hasta por el 100% de los montos según la actividad económica del SUBCOMERCIO.

6.8.1. Actividades económicas con retención de hasta 240 días

Si el SUBCOMERCIO pertenece a una de las siguientes actividades económicas, el dinero podrá ser retenido hasta por 240 días:

  • Hoteles, aparta-hoteles y alojamientos turísticos
  • Seguros y reaseguros
  • Agencias de viajes y operadores turísticos
  • Organización de eventos y espectáculos en vivo
  • Otras actividades recreativas y deportivas
  • Servicios de entrega a domicilio a través de plataformas

6.8.2. Otras actividades económicas

Los SUBCOMERCIOS que no pertenezcan a las actividades mencionadas en el ordinal anterior podrán estar sujetos a una retención de fondos de hasta 120 días.

Cuando una transacción sea marcada como posible fraude, INNOVA TUS PAGOS informará al SUBCOMERCIO a través de la plataforma MERCHANT o al correo electrónico registrado. Se solicitarán los soportes documentales necesarios para el estudio del caso.


7. RESPONSABILIDAD DE LAS PARTES

7.1. Responsabilidad del SUBCOMERCIO

El SUBCOMERCIO es responsable del correcto uso de la plataforma de pagos electrónicos de INNOVA TUS PAGOS y de cumplir con la legislación vigente.

7.2. Riesgo de fraude

El SUBCOMERCIO acepta que la contratación no presencial implica un riesgo de fraude por suplantación de identidad, lo que puede conllevar a adquisiciones no autorizadas por el USUARIO.

7.3. Uso indebido de la plataforma

El SUBCOMERCIO indemnizará a INNOVA TUS PAGOS por cualquier acción judicial, demanda, reclamación o sanción derivada del uso indebido o fraudulento de la plataforma de pagos electrónicos.

7.4. Reclamos de USUARIOS

El SUBCOMERCIO es responsable de atender los reclamos de los USUARIOS sobre la calidad, cantidad o entrega de los bienes y servicios adquiridos. INNOVA TUS PAGOS no se hace responsable por estos aspectos.

7.6. Contracargos y reversiones

Si un USUARIO solicita una reversión de pago o contracargo, INNOVA TUS PAGOS informará al SUBCOMERCIO. En caso de que el banco emisor debite los fondos de la cuenta de INNOVA TUS PAGOS, el SUBCOMERCIO deberá reembolsar la suma en el tiempo indicado.

8. DECLARACIONES DEL SUBCOMERCIO

Sin perjuicio de las obligaciones antes mencionadas, son declaraciones del SUBCOMERCIO las siguientes:

8.16.

El SUBCOMERCIO es aquel que se identifica en el formulario de registro y da fe de la veracidad sobre la información allí consignada; así mismo, será quien velará por la actualización de la misma.

8.17.

Cuando el SUBCOMERCIO sea una persona jurídica, este declara que la persona que realiza el proceso de registro está plenamente facultada para realizar este tipo de acto y contraer obligaciones.

8.18.

El SUBCOMERCIO es una persona plenamente capaz de contraer obligaciones.

8.19.

El origen de fondos del SUBCOMERCIO y la destinación de los recaudados a través de la pasarela de pagos no provienen ni están encaminados a la comisión de alguna conducta prohibida por la legislación colombiana, así mismo, que no tienen una fuente vinculada al LA/FT/DPADM.

8.20.

La vinculación del SUBCOMERCIO con INNOVA TUS PAGOS no genera ninguna incompatibilidad o conflicto de interés con los estatutos y directrices fijadas por el SUBCOMERCIO.


9. TARIFAS Y CARGOS

Las tarifas vigentes serán siempre las publicadas en la página oficial de INNOVA TUS PAGOS.

9.16.

Las tarifas podrán ser modificadas en cualquier momento con previa notificación al SUBCOMERCIO, las cuales se entenderán aceptadas con la realización de transacciones posteriores a dicha notificación.

9.17.

INNOVA TUS PAGOS podrá incrementar las tarifas unilateralmente en cualquier tiempo para ser competitivo en los mercados donde tenga presencia en los siguientes casos:

  • 9.17.1. Cuando existan cambios en las condiciones de los proveedores de servicios.
  • 9.17.2. Cuando existan cambios macroeconómicos que lo ameriten.
  • 9.17.3. Cuando la modificación de la normativa fiscal lo amerite.

9.18.

Las modificaciones en las tarifas serán notificadas por INNOVA TUS PAGOS con una antelación de treinta (30) días al correo del comercio. Esta temporalidad no se aplicará cuando la modificación se produzca por mutuo acuerdo entre las partes.

9.19.

El SUBCOMERCIO podrá terminar la relación contractual si no está de acuerdo con los incrementos en las tarifas notificados por INNOVA TUS PAGOS.

9.20.

Si el SUBCOMERCIO tiene dudas sobre el cobro de tarifas, periodicidad o manera en que estas son aplicadas, lo notificará a INNOVA TUS PAGOS para su aclaración.

9.21.

El SUBCOMERCIO asumirá el pago de cualquier impuesto o tributo que se genere en su transacción por tratarse de un mandato de pago. INNOVA TUS PAGOS S.A.S. expedirá los respectivos certificados de retenciones y pago de impuestos pertinentes.

9.22.

Si el SUBCOMERCIO está exento de alguna tributación (retefuente, reteica, reteiva, gravamen financiero 4×1000, IVA), deberá comunicarlo a INNOVA TUS PAGOS mediante correo electrónico a administrativo@innovatuspagos.co, adjuntando:

  • RUT actualizado (no mayor a un mes).
  • Certificado de existencia y representación legal (Cámara de Comercio) no mayor a un mes.
  • Si pertenece a Régimen Simple y/o Régimen Especial, suministrar carta firmada por el Representante Legal y/o Contador indicando la normatividad que lo exime.

Si el SUBCOMERCIO no lo notifica en debida forma y se realizan deducciones indebidas, INNOVA TUS PAGOS intentará recuperar dichos fondos, pero no estará obligada a reintegrarlos si los agregadores se niegan a hacerlo.

9.23.

Si el SUBCOMERCIO cambia su situación fiscal y queda exento de algún tributo, deberá enviar su solicitud y RUT actualizado a administrativo@innovatuspagos.co. En ausencia de esta notificación, se asumirá la situación fiscal reflejada en el RUT registrado inicialmente.


10. TRANSFERENCIAS DE MONTOS A CUENTAS BANCARIAS

Una vez autorizado el SUBCOMERCIO para realizar transacciones, se le concederá una cuenta donde podrá visualizar sus movimientos. El SUBCOMERCIO será el único responsable del acceso a su cuenta y la supervisión de sus operaciones.

10.1.

INNOVA TUS PAGOS S.A.S. realizará el pago de las sumas recaudadas el día viernes hábil de cada semana. Si dicho día es festivo, el pago se realizará al siguiente día hábil.

10.2.

El SUBCOMERCIO deberá tener en su cuenta MERCHANT al menos QUINIENTOS MIL PESOS ($500.000.00) M/CTE para que los fondos sean dispersados. Si desea dispersión por un valor menor, deberá solicitarlo a operaciones@innovatuspagos.co, en cuyo caso los fondos se transferirán en 24 a 72 horas.

10.3.

Si el SUBCOMERCIO no informa ninguna inconsistencia en tres (3) días calendario después de la dispersión, se entenderá que la transferencia fue correcta y con los descuentos aplicables.

10.4.

El SUBCOMERCIO acepta que cada dispersión tiene un costo de SIETE MIL PESOS ($7.000.00) M/CTE más IVA, salvo acuerdo en contrario.

10.5.

INNOVA TUS PAGOS podrá marcar solicitudes de transferencia como posible fraude y retener los fondos parcial o totalmente hasta que se realice un estudio documental.


11. ACTIVIDADES PROHIBIDAS

El SUBCOMERCIO no podrá recibir pagos a través de INNOVA TUS PAGOS si su actividad está relacionada con:

  • Criptoactivos y criptomonedas.
  • Juegos de azar y apuestas en línea.
  • Financiamiento de campañas políticas.
  • Contenidos pornográficos, drogas, explotación sexual de menores.
  • Turismo sexual o trata de personas.
  • Compra y venta de productos cannábicos.
  • Minería ilegal, tráfico de animales o recursos naturales no renovables.
  • Comercio de desperdicios, desechos y chatarra.
  • Recaudos de operaciones de clubes deportivos.
  • Prestamistas de dinero no autorizados por la Superintendencia Financiera de Colombia.
  • Empresas offshore o bancos pantalla.
  • Páginas de videochat erótico o contenido para adultos.
  • Venta de armas y municiones (excepto estatales).
  • Extracción de oro, esmeraldas y metales preciosos.
  • Fundaciones sin ánimo de lucro (excepto hospitales, universidades, copropiedades y asociaciones de padres).
  • Comunidades religiosas.
  • Actividades prohibidas por el Código Penal Colombiano.

11.6.

Si INNOVA TUS PAGOS encuentra riesgos legales o reputacionales, podrá terminar la relación contractual sin indemnización.


12. TRATAMIENTO DE DATOS

En conformidad con la Ley 1581 de 2012, el SUBCOMERCIO autoriza a INNOVA TUS PAGOS para el tratamiento de sus datos personales con fines legales, contractuales y de mercadeo.

12.1.

El SUBCOMERCIO autoriza a INNOVA TUS PAGOS para:

  • Procesar pagos.
  • Validar transacciones para prevenir fraude.
  • Enviar promociones y publicidad.

12.2.

El SUBCOMERCIO debe publicar en su sitio web la Política de Privacidad de INNOVA TUS PAGOS para que los USUARIOS acepten el tratamiento de datos.

13.         TERMINOS Y CONDICIONES TARJETA HABIENTE/PAGADOR/DONADOR

Como quiera que sea que un SUBCOMERCIO se conecte a los servicios de PAYMENTS WAY, este dispondrá en su página web un espacio donde plasme sus propios términos y condiciones para pagadores donde dispondrá por lo menos de la siguiente información frente a la pasarela.

13.1. Que el pagador utiliza el sistema de pago a propia cuenta y riesgo.

13.2. Que el procesador del pago no garantiza la no ocurrencia de fraudes con los datos del tarjetahabiente.

13.3. Que el procesador del pago no se hace responsable por la idoneidad, calidad, cantidad, distribución y demás características ofertadas sobre             los productos o servicios por el SUBCOMERCIO

13.4. Que le procesador del pago no garantiza la disponibilidad ni demora en las funcionalidades del servicio.

13.5. Que PAYMENTS WAY no se hace responsable por los cobros adicionales o impuestos que surja de la relación entre el SUBCOMERCIO y el                   PAGADOR.

13.6. Que PAYMENTS WAY no es responsable por el incumplimiento del tratamiento de datos del SUBCOMERCIO.

13.7. Que le PAGADOR autoriza al procesador del pago para el tratamiento de los datos personales con el objetivo de mitigar suplantaciones,                     enviar información en general e incluso publicidad.

El SUBCOMERCIO que no interiorice lo dispuesto anteriormente asumirá cualquier reclamación por el tratamiento de datos personales por su propia cuenta y riesgo, manteniendo indemne a PAYMENTS WAY frente a los pagadores, en todo caso el SUBCOMERCIO deberá:

13.8. Permitir la verificación al facilitador de pagos de los términos y condiciones donde se expresan las declaraciones anteriormente indicadas.

13.9. Atender los reclamos que realicen sus PAGADORES en razón del tratamiento de datos.

14.       DEBITOS RECURRENTES

Los débitos recurrentes son una opción que permite activar la plataforma transaccional de PAYMENTS WAY con el fin de posibilitar la realización de débitos automáticos y recurrentes con determinada periodicidad a los PAGADORES o TARJETAHABIENTES que consientan el servicio con el objetivo de hacer el pago de productos y/o servicios o simplemente realizar donaciones, en este sentido.

14.1. Es obligación del SUBCOMERCIO obtener la autorización previa por los medios que crean convenientes de la realización del débito                              automático, esta autorización podrá ser solicitada por PAYMENTS WAY en cualquier tiempo de la relación contractual.

14.2.El SUBCOMERCIO deberá indicar al USUARIO clara y comprensiblemente, que está realizando la inscripción a un debito recurrente con todos          los pormenores que este conlleva (tiempo de permanencia, valor, fechas de débito, etc.)

14.3.El SUBCOMERCIO pagará a PAYMENTS WAY los costos por el servicio de débitos recurrentes.

14.4.PAYMENTS WAY no se hace responsable por la cantidad o calidad de los productos ofrecidos a través de los débitos recurrentes, así mismo,               PAYMENTS WAY no se hace responsable de la expedición de certificados de donación cuando la transacción provenga de este tipo de                         contrato.

14.5. El SUBCOMERCIO notificará a PAYMENTS WAY la cancelación por parte del USUARIO de la recurrencia, indicando los datos necesarios                        (nombre del tarjetahabiente, número de cédula, fecha del ultimo débito, correo electrónico del tarjetahabiente) para cesar el débito de la                  cuenta inscrita, dicha comunicación la realizará a la dirección de correo electrónico operaciones@paymentsway.co, el SUBCOMERCIO                          entiende que la cancelación del débito puede demorar hasta cinco (05) días hábiles, por lo que cualquier débito acaecido durante este                        periodo de tiempo debe ser asumido por el SUBCOMERCIO.

14.6. El SUBCOMERCIO rembolsara al USUARIO cualquier debito resultante de la inoportuna o errada comunicación a PAYMENTS WAY del servicio            de débito automático.

14.7. PAYMENTS WAY concederá al USUARIO los contracargos y reversiones incoadas ante la entidad bancaria, el SUBCOMERCIO entiende que                  PAYMENTS WAY no se hace responsable por el dinero dejado de percibir por dichas solicitudes, en este sentido restituirá el dinero a                            PAYMENTS WAY y autoriza que la pasarela realice el descuento de estos montos de las siguientes dispersiones a realizar.

15.        TOKENIZACIÓN Y COBROS FUTUROS

La TOKENIZACIÓN y cobros futuros es una opción que permite activar la plataforma transaccional de PAYMENTS WAY con el fin de almacenar y procesar transacciones con tarjeta de crédito después de que un servicio se prestara, en este sentido el TARJETAHABIENTE acepta que:

15.1. Que el SUBCOMERCIO en el que está realizando una transacción puede tener esta opción habilitada, circunstancia en la cual puede guardar            información de la tarjeta y el TARJETAHABIENTE a fin de realizar TOKENIZACIÓN y cobros futuros.

15.2. Que el SUBCOMERCIO será el encargado de determinar durante cuando tiempo almacenará la información del TARJETAHABIENTE, en todo              caso, almacenará los datos bajo correctos estándares.

15.3. Que el SUBCOMERCIO es el único responsable de los cobros, calidades y cantidades de los productos y servicios que se puedan realizar con              fundamento en esta figura, en todo caso, el TARJETAHABIENTE que tenga alguna reclamación deberá realizarla directamente al                                    SUBCOMERCIO a través de los medios autorizados por este.

15.4. El SUBCOMERCIO informará al TARJETAHABIENTE el registro del medio de pago por TOKENIZACIÓN y los cobros que surjan de su uso.

16.5. Que el SUBCOMERCIO mantendrá indemne a PAYMENTS WAY por cualquier tipo de reclamación por TOKENIZACIÓN y cobros futuros.

16.        GENERALIDADES SOBRE CONTRACARGOS, REVERSIONES Y REMBOLSOS

Para los fines del presente título tanto el SUBCOMERCIO como el USUARIO entienden que:

16.1. El CONTRACARGO es un debito que realiza el BANCO a PAYMENTS WAY cuando el TARJETAHABIENTE presenta ante la entidad bancaria una          solicitud de cancelación de una transacción, argumentando la presencia de un posible fraude, desconocimiento de la misma, insatisfacción              con el producto, entre otras, hecho por el cual PAYMENTS WAY está autorizado de descontar el monto que se señale cuando el BANCO realice          el descuento.

16.2.De conformidad con el artículo 51 de la ley 1481 de 2011 (Estatuto del consumidor) y el decreto 587 de 2016 el USUARIO podrá solicitar al banco          emisor la REVERSIÓN del pago realizado a través de la plataforma con tarjeta de crédito o los medios PSE, dentro de los 5 días hábiles                        siguientes a la fecha del pago o cuando este no se haya percatado de la transacción, cuando haya presencia de fraude, cuando la compra no            sea autorizada, haciendo uso del derecho de retracto de la compra, cuando el artículo no se haya recibido o la calidad del producto no                        corresponda a la descrita por el SUBCOMERCIO, e incluso cuando la transacción se haya cargado varias veces a un medio de pago.

16.3.El REMBOLSO es la devolución de dinero que se realiza al TARJETA HABIENTE cuando PAYMENTS WAY solicita los soportes de una                              transacción  que ha sido marcada como irregular y/o fraudulenta y el SUBCOMERCIO no puede soportar la operación en los ocho (08) días                siguientes a la comunicación por parte de la pasarela.

16.4.Cuando PAYMENTS WAY solicite a un SUBCOMERCIO la marcación de una transacción dentro de los estándares antes descritos, este remitirá          los soportes idóneos para soportar la transacción frente a la entidad bancaria.

16.5.El SUBCOMERCIO entiendo que los CONTRACARGOS y REVERSIONES son procesos incoados por el USUARIO frente a la entidad bancaria,                hecho por el cual PAYMENTS WAY no tiene ninguna injerencia en los mismo y solo funge como puente para el proceso de comunicación y                defensa frente al desconocimiento de transacciones.

16.6.El SUBCOMERCIO acepta que PAYMENTS WAY debite los montos descontados por estas causales de las sumas de dinero reflejadas en el                   módulo de consola transaccional del SUBCOMERCIO, así mismo autoriza el débito por cualquier costo en el que hubiese tenido que incurrir             PAYMENTS WAY por conciliaciones, sanciones, litigios, costas u honorarios, con el objetivo de defender al SUBCOMERCIO o así mismo en                   cualquier reclamación del consumidor.

16.7.Con el objetivo de mitigar cualquier perdida monetaria a PAYMENTS WAY en razón de CONTRACARGOS, REVERSOS o REMBOLSOS, el                        SUBCOMERCIO autoriza a la pasarela a retener a su discreción un monto por cada transacción que podrá ser establecido entre un cinco (5%) y          quince (15%) por ciento.

16.8.PAYMENTS WAY podrá aumentar la retención del quince (15%) por ciento hasta el veinte (20%) cuando el SUBCOMERCIO:

16.8.1. El SUBCOMERCIO supere la transaccionalidad mensual de veinte mil dólares (US $20.000).

16.8.2. Si la transaccionalidad del SUBCOMERCIO supera el uno (1%) por ciento de nivel de fraude mensual de la pasarela,                                                   independientemente del monto de dicha transaccionalidad.

16.8.3. Si PAYMENTYS WAY conforme a su experiencia en el mercado considera que la actividad del SUBCOMERCIO o este representan un                   riesgo de alto de fraude o de desarrollo de actividades ilícitas.

16.9. PAYMENTS WAY liberara él monto de reserva hasta los sesenta (60) días siguientes de la transacción.

16.10.PAYMENTS WAY aplicara un cobro de VEINTEMIL $20.000.00 PESOS M/CTE por cada descuento que se haga por CONTRACARGO, este será                aplicado al SUBCOMERCIO de los fondos que tenga disponibles en la consola MERCHANT.

16.11.Llegado el caso de que los fondos de la consola no sean suficientes para cubrir CONTRACARGOS, REVERSIONES o REMBOLSOS, PAYMENTS               WAY queda autorizado para descontar los montos del fondo de reserva, si a su vez estos no son suficientes podrán descontarlos de ventas                 futuras.

16.12.Cuando los montos del fondo de reserva no sean suficientes para cubrir CONTRACARGOS, REVERSIONES y REMBOLSOS, PAYMENTS WAY                  generará una cuenta de cobro al SUBCOMERCIO para lograr el reintegro de dinero faltante, si la pasarela no consigue el reintegro de fondos              dentro de los ocho (08) días siguientes al envió de la cuenta de cobro podrá dar por terminado el contrato, además de hacer efectivas las                    garantías aplicables, reportar al SUBCOMERCIO ante los operadores de información financiera, e iniciar las acciones extrajudiciales o                            judiciales que correspondan.

16.13.Las retenciones aplicadas por el fondo de reserva no son un descuento, esta debe ser entendida como una retención, excepcionalmente se                podrá entender como un descuento cuando este sea usado para cubrir CONTRACARGOS, REVERSIONES y REMBOLSOS. 

17.    GARANTIA

La pasarela podrá en cualquier momento, solicitar que el SUBCOMERCIO otorgue una garantía admisible para PAYMENTS WAY, en los mismos eventos señalados para el aumento del Fondo de Reserva.

18.       TERMINO DE DURACIÓN

Este acuerdo tiene una duración indefinida, en cualquier caso, cualquiera de los extremos podrá dar por terminada la relación con aviso escrito no inferior a treinta (30) días a la fecha de terminación del vínculo.

18.1. Para que el SUBCOMERCIO envié aviso de terminación de contrato y este sea aceptado no deberá contar con CONTRACARGOS o                                  REVERSIONES pendientes por decidir, la presentación de un CONTRACARGO o REVERSIÓN en el interregno del aviso y de la terminación,                  suspenderá los términos del aviso.

19.       CAUSALES DE TERMINACIÓN

19.1. Son causales habilitantes para dar por terminado el convenio por parte del SUBCOMERCIO las siguientes:

19.1.1.  La falla persistente en el acuerdo por parte de PAYMENTS WAY.

19.1.2. Cuando no este conforme con el incremento de las tarifas.

19.1.3. Cuando no esté de acuerdo con la modificación de los términos y condiciones debidamente notificados.

19.2. PAYMENTS WAY podrá dar por terminado el presente acuerdo sin cabida a reclamación alguna por parte del SUBCOMERCIO en los                             siguientes  eventos:

19.2.1.  Si el SUBCOMERCIO miente en todo o en parte en la información depositada en el registro.

19.2.2. Si el SUBCOMERCIO incumple las declaraciones aceptadas.

19.2.3. Cuando el SUBCOMERCIO no otorgue o se haga renuente a la constitución del fondo de reserva o las garantías mentadas en el                          presente texto.

19.2.4. Por presentar el SUBCOMERCIO renuencia a la interiorización en materia de seguridad y óptimo funcionamiento de la consola de                       pagos.

19.2.5. Por incurrir en actividades de hacking o violación de la plataforma de PAYMENTS WAY.

19.2.6. Cuando conforme a las políticas se concluya que el SUBCOMERCIO presenta un tipo de riesgo legal, LAFT, reputacional, operativo o                  de cualquier categoría.

19.3.  Si al solicitar la terminación del contrato el SUBCOMERCIO posee fondos en su consola de transacciones, PAYMENTS WAY mantendrá dichos            fondos retenidos como un fondo de reserva hasta por ciento veinte (120) días, contados a partir del momento de la última transacción, no                  obstante, el SUBCOMERCIO acepta que si dentro del tiempo mencionado se llega a presentar una reclamación por parte de un USUARIO                  estos podrán ser retenidos hasta el momento en que se solucione la disputa.

19.4.  El SUBCOMERCIO entiende que los montos destinados al fondo de reserva en ningún caso generan rendimientos a favor de PAYMENTS                     WAY ni del SUBCOMERCIO.

20.     CUENTAS SIN ACTIVIDAD

20.1.  Cuando el SUBCOMERCIO se active en la consola transaccional de PAYMENTS WAY y no genere ninguna transacción diferente a las pruebas              transcurridos ciento ochenta (180) días calendario, se entenderá como su intención de no realizar uso de los servicios hecho por el cual la                    consola transaccional será inactivada y el contrato se entenderá desistido.

20.2. Transcurrido ciento veinte (120) días de inactividad del SUBCOMERCIO en la consola transaccional, PAYMENTS WAY remitirá comunicación a            fin de corroborar si desea seguir haciendo uso de los servicios, si el comercio no da respuesta dentro de los siguientes treinta (30) días, su                  cuenta será inactivada y el contrato se entenderá desistido.

20.3. El desistimiento del contrato mentados en los numerales 20.1 y 20.2 no excluyen la posibilidad de que PAYMENTS WAY incoe las acciones a                las que haya lugar por encontrarse inmerso el SUBCOMERCIO en una obligación pendiente frente a PAYMENTS WAY.

20.4. Cuando quiera que la cuenta de un SUBCOMERCIO sea deshabilitada, para volver a hacer uso de los servicios el SUBCOMERCIO tendrá que              surtir nuevamente el proceso de registro, so pena de ser rechazado por las condiciones de aceptación de PAYMENTS WAY.

21.       LIMITACIONES A LA RESPONSABILIDAD

21.1.  PAYMENTS WAY no responderá por ningún tipo de culpa por perdidas de oportunidad de negocios, daños emergentes, lucros cesantes,                     perdida reputacional, daños morales ni otro tipo de daño frente al SUBCOMERCIO.

21.2. PAYMENTS WAY no responderá por los daños materiales de los bienes ofertados por el SUBCOMERCIO, ni por la defectuosa prestación del                 servicio si a ellos hubiere lugar.

22.       PROTECCIÓN DE LA PRIVACIDAD

22.1.  Mediante la suscripción de estos Términos y Condiciones acuerdan las partes guardar absoluta reserva sobre la información que se                              suministren entre sí y tenga carácter de confidencial, así como información técnica, financiera, procesos empresariales, o que tengan                          relación  con el Know How. Las partes solo harán uso de la información para los fines que le fue confiada o para la ejecución del presente                    contrato; so pena que la parte receptora se encuentre en la obligación de revelarla por orden de un organismo competente; esta solo deberá            ser revelada en la medida que sea requerida.

22.2. PAYMENTS WAY, no se hace responsable por el uso que se dé a la información cruzada entre los SUBCOMERCIOS y USUARIOS; Entendiendo            cada uno de ellos la gravedad de manipular la información con los fines para los que no se encuentre autorizada y que al hacer uso no                        autorizado de la información adquirida no solo va en contra de las cláusulas de este contrato, sino que además pueden incurrir en delitos                  civiles o penales de acuerdo con la legislación colombiana.

23.       PROTECCION AL HABEAS DATA

23.1.   PAYMENTS WAY se compromete a dar un tratamiento responsable a la información legítimamente recolectada proveniente SUBCOMERCIO             y los USUARIOS acorde con lo establecido en su Política de Privacidad en la ley 1581 de 2012, o cualquier otra norma que la complemente,                   adicione o modifique. Cuando dicha información provenga de un tercero, ese tercero será el único responsable del manejo de dicha                             información.

23.2.  AUTORIZACIÓN DE CONSULTA DE INFORMACIÓN A LAS CENTRALES DE RIESGO: El SUBCOMERCIO autorizan a PAYMENTS WAY para que                por efectos de control, supervisión e información comercial, consulte y/o reporte ante las centrales de información financiera, el nacimiento,              modificación o extinción de las obligaciones directas e indirectas contraídas con anterioridad o que se llegaren a contraer a favor de                            PAYMENTS WAY en especial todo lo relacionado con acreencias, deudas vigentes y sin cancelar y los hábitos en los pagos de las mismas.                    Esta autorización comprende toda la información presente, pasada y futura referente al manejo, estado y cumplimiento de las obligaciones              para con PAYMENTS WAY SOLUTIONS S.A.S. y faculta a PAYMENTS WAY SOLUTIONS S.A.S. para reportar, procesar, divulgar y consultar a las              centrales de información financiera o a cualquier entidad encargada del manejo de datos comerciales, datos personales, económicos o                      información sobre las relaciones comerciales con terceros. Adicionalmente aceptan que los datos reportados sean procesados para el logro              del propósito de la central y puedan ser divulgados con fines comerciales y el SUBCOMERCIO acepta que los registros permanezcan por los              términos previstos en los reglamentos de las respectivas centrales de información. El SUBCOMERCIO se compromete con PAYMENTS WAY a            informar por escrito y oportunamente cualquier cambio de los datos, cifras, y cualquier información, así como suministrar la totalidad de los              soportes de los documentos requeridos y a ser actualizada con una periodicidad mínima anual de acuerdo con las normas legales y las                      reglamentaciones y conceptos emitidos por la superintendencia financiera de Colombia.

23.3. AUTORIZACIÓN DE CONSULTA EN LISTAS LAFT Y COMPLEMENTARIAS: El SUBCOMERCIO autoriza a que PAYMENTS WAY realice búsquedas              en bases de datos de listas vinculantes, restrictivas y complementarias LA/FT, con los datos proporcionados por el SUBCOMERCIO (los                        cuales  incluye: socios, aliados, empleados y cualquier persona que pudiese llegar a tener relación con el SUBCOMERCIO), con el fin de                        mitigar el riesgo de delitos LA/FT según los dispuesto en el Manual de Prevención SAGRILAFT PAYMENTS WAY.

24.     DERECHOS DE PROPIEDAD INTELECTUAL

24.1.  Todos los sistemas de software, y contenidos considerados como obras de conformidad con la ley 23 de 1982, así como el diseño de la página             web PAYMENTS WAY sus desarrollos y la aplicación móvil son propiedad intelectual de PAYMENTS WAY.  Sin perjuicio de las acciones                         legales  que se pueda adelantar PAYMENTS WAY contra de cualquier persona que intente copia parcial o total del sitio web                                             https://paymentsway.co, cualquier desarrollo tecnológico que se designe con la sigla “BY PAYMENTS WAY”, también de la aplicación móvil                 de PAYMENTS WAY o de la  plataforma por medio de la cual se realizan las operaciones.

24.2.  EL SUBCOMERCIO otorgará a PAYMENTS WAY autorización irrevocable para, durante la vigencia del presente contrato, usar y publicar sus                 marcas, nombres o logotipos, dominios y demás designaciones propiedad del SUBCOMERCIO con destino a terceros a fin de dar a conocer               que es un comercio que utiliza las herramientas tecnológicas de PAYMENTS WAY.

24.3. PAYMENTS WAY permitirá al SUBCOMERCIO de forma intransferible y exclusiva la descarga y el uso del software o plataforma de servicios                PAYMENTS WAY a fin de integrarlo a su sitio web y emplearlo para sus fines de pagar y cobrar a través de la plataforma.     

24.4. Tanto el AGREGADOR como el SUBCOMERCIO guardaran confidencialidad sobre la información que se suministren entre sí, incluyendo sin               limitarse la información técnica, financiera, procesos, métodos, etc.

25.      INDEMNIDAD

El SUBCOMERCIO mantendrá indemne a PAYMENTS WAY frente a cualquier pérdida sufrida en razón de:

25.1.  Cuando el SUBCOMERCIO incurra en violaciones contra las manifestaciones, declaraciones u obligaciones informadas y suscritas con                          PAYMENTS WAY.

25.2. El fraude que resulte de las operaciones a través de su módulo de pago.

25.3. La pérdida de información de sus PAGADORES.

25.4. La responsabilidad extracontractual en la que pueda llegar a incurrir PAYMENTS WAY por la acción u omisión del SUBCOMERCIO.

PAYMENTS WAY mantendrá indemne al SUBCOMERCIO por pérdidas sufridas en razón de reclamos de terceros, cuando la pasarela por acción u omisión genere circunstancias comprobadas de perdidas conforme a la prestación el servicio.

26.     CESIÓN

26.1.  El SUBCOMERCIO se abstendrá de ceder en todo o en parte el presente acuerdo.

26.2. Cuando un SUBCOMERCIO cambie su operación a una empresa distinta a la registrada o una empresa del mismo grupo social, pero con                    diferente denominación o número de identificación, tendrá que surtir todo el proceso de registro, so pena de ser rechazado.

26.3. PAYMENTS WAY podrá ceder el presente acuerdo sin previa autorización del SUBCOMERCIO.

27.      CAMBIO DE SERVICIO AGREGADOR A GATEWAY.

Cuando sea le intención de un SUBCOMERCIO trasladar sus servicios del modelo agregador a modelo Gateway, deberá tener en cuenta el siguiente procedimiento.

27.1.  Adelantar la expedición del Código Único (CU) frente a la entidad bancaria.

27.2. Una vez se haga efectiva la expedición del CU al SUBCOMERCIO, este deberá remitirlo a PAYMENTS WAY acompañado de la solicitud de                    cambio de modelo.

27.3. PAYMENTS WAY adelantará la solicitud de terminales y credenciales para que el comercio funcione en modelo Gateway, este proceso puede            tardar un estimado de ocho (08) días hábiles.

27.4. Una vez PAYMENTS WAY informe al SUBCOMERCIO la habilitación de terminales y credenciales bajo CU Gateway, deberá este registrarse                  ante ACH para que lo habilite, este proceso puede tardar un estimado de cuarenta y cinco (45) hábiles, en los cuales PAYMENTS WAY no                    tiene ninguna injerencia. 

27.5. Una vez habilitado el SUBCOMERCIO por ACH deberá este remitir a PAYMENTS WAY el SERVICE CODE, y ENTITY CODE para adelantar los                  tramites a los que haya lugar a fin de prestar el servicio.

Además del proceso expresado anteriormente el SUBCOMERCIO entiende que

27.6.  PAYMENTS WAY cobrara las tarifas bajo modelo Gateway publicada en la página https://paymentsway.co/2

27.7.  La entidad bancaria generara un cobro adicional por la prestación del servicio

27.8.  El SUBCOMERCIO asumirá las retenciones o tributos a los que haya lugar.

27.9.  PAYMENTS WAY no realizará el traslado de modelo agregador a Gateway hasta que el SUBCOMERCIO no cumpla a cabalidad los                                   pormenores señalados en este título.

27.10. En el interregno que se presente entre el traslado de modelo agregador a Gateway, PAYMENTS WAY seguirá realizando cobros conforme a               las tarifas fijadas en el modelo primigenio.

28.    FUERZA MAYOR O CASO FORTUITO

Las partes quedan exoneradas de responsabilidad por el incumplimiento de cualquiera de sus obligaciones o por la demora en la satisfacción de cualquiera de las prestaciones a su cargo de igual forma cuando éstas obedezcan a causas de fuerza mayor o caso fortuito. Si la situación de fuerza mayor o caso fortuito se prolongara por más de treinta (30) días sin que las partes alcanzaran un acuerdo sobre las medidas a tomar, cualquiera de ellas estará facultada para resolver el contrato integrado por estas condiciones generales. Los plazos estipulados en el contrato se entenderán automáticamente prorrogados por un plazo igual en que la fuerza mayor o caso fortuito se mantenga.

29.     ASPECTOS GENERALES

Este Contrato constituye el acuerdo total entre las Partes con respecto al objeto materia de este y reemplaza todos los acuerdos anteriores, si los hubiere.  Entre las Partes no existen acuerdos verbales o escritos, ni entendimientos o declaraciones verbales o escritas diferentes a los aquí estipulados. En caso de que alguna disposición de este Contrato fuere declarada inválida o nula, el resto de las disposiciones continuarán obligatorias para las Partes. La mera tolerancia, por una de las partes, respecto del incumplimiento de las obligaciones de la otra parte, no podrá interpretarse como modificación tácita a los términos del presente Contrato ni equivaldrá a la renuncia de la parte tolerante a la exigencia del cumplimiento de las obligaciones incumplidas.

30.     CONFIDENCIALIDAD

30.1.  Tanto PAYMENTS WAY como el SUBCOMERCIO guardaran absoluta reserva sobre la información que haya sido suministrada entre si y que                sea marcada como confidencial, así como la información que por su naturaleza deba entenderse como confidencial tales como la                                información financiera, técnica, procesos empresariales, códigos, programas y demás propias de cada una de las Partes.

30.2. El suministro de información entre las partes no transfiere dominio alguno sobre esta.

 30.3. Las Partes se comprometen a no utilizar la información suministrada para fines distintos a la ejecución del contrato.

30.3. Cuando una de las Partes tenga que informar a autoridad competente información de carácter confidencial informara a la otra la necesidad              de transmitir la información.

31.    NOTIFICACIONES

31.1.  Para todos los efectos de notificaciones PAYMENTS WAY las efectuara al correo suministrado por el SUBCOMERCIO en el proceso de registro,           así mismo, PAYMENTS WAY solo aceptara comunicaciones del SUBCOMERCIO cuando provengan de esta dirección de correo electrónico.

31.2. El SUBCOMERCIO notificara a PAYMENTS WAY en las direcciones de correo electrónico referenciadas en los ordinales 9.7, 9.8 y 14.5.

31.3. Cualquier notificación realizada en debida forma será se presumirá efectuada el día siguiente a su envió.

32.    MODIFICACIONES AL ACUERDO

Las modificaciones al presente acuerdo se realizarán atendiendo los siguientes lineamientos:

32.1.  PAYMENTS WAY modificará el presente documento notificando los cambios al SUBCOMERCIO a través del correo electrónico registrado                     durante el registro.

32.2. El SUBCOMERCIO tendrá un periodo de treinta (30) días calendario para aceptar o rechazar la modificación del texto, una vez cumplido este             tiempo se entenderá como aceptado.

32.3. Si el SUBCOMERCIO decide rechazar las modificaciones deberá notificarlo a través del correo electrónico juridica@paymentsway.co dentro               del tiempo establecido en el precedente numeral, dicho acto terminará la relación y no da paso a ningún tipo de indemnización.

32.4. El silencio frente a la notificación de la modificación se entenderá como una aceptación de los mismos.

32.5. El SUBCOMERCIO consultara frecuentemente el correo registrado, a fin de ser notificado de cualquier tipo de modificación, incluso revisara               las bandejas de spam y correos no deseados a fin de no tener ausencias en la notificación.

33.     ENTENDIMIENTO TOTAL

La nulidad o inaplicabilidad de una o de varias cláusulas del presente documento no afectará la validez y aplicación de las demás. 

34.         ANEXOS

Son parte del presente contrato y por tanto de estricto cumplimiento las siguientes políticas y directrices:

1.     POLÍTICA DE INSCRIPCIÓN ENTIDADES SIN ÁNIMO DE LUCRO

Cuando la entidad que surta el proceso de registro sea una entidad sin ánimo de lucro (ESAL), entenderá que debe asumir una serie de verificaciones que pueden llevar el proceso de aprobación más allá de lo fijado para un SUBCOMERCIO que no cumpla esta condición, en este sentido la ESAL entiende que:

1.1. La ESAL deberá de conformidad con las políticas internas de PAYMENTS WAY solicitar un espacio de visita para revisión por parte del área de           cumplimiento, allí los funcionarios de la pasarela podrán solicitar información sobre la necesidad de la ESAL para hacerse con los servicios de           pago y podrán solicitar soportes documentales adicionales a los registrados en el proceso de inscripción.

1.2. El proceso de visita queda supeditado al tiempo en que la ESAL separe el espacio a través de los medios habilitados por PAYMENTS WAY, en            este sentido los tiempos de aprobación o rechazo quedan sujetos a la realización de la misma y la remisión de soportes adicionales cuando a            ello haya lugar.

1.3. El termino de aprobación de una ESAL comenzara a contar una vez se surta la visita.

1.4. Si la ESAL tiene condiciones fiscales específicas por las cuales no deba incurrir en el pago de algún tributo deberá informarlo conforme al                   título  9 de los términos y condiciones PAYMENTS WAY.

1.5. La ESAL comprende que la habilitación en la plataforma para recibir dineros se debe realizar una vez la entidad bancaria expida el código                  único (CU) atendiendo a la identidad de la ESAL.

1.6. No obstante, la necesidad de poseer CU, la ESAL tiene la posibilidad de permitir el cobro de dineros bajo el CU de la pasarela durante el                       tiempo que tarde la expedición del propio con previa autorización a PAYMENTS WAY, en este sentido la ESAL acepta y entiende:

1.6.1. La ESAL entiende que si realiza transacciones amparadas bajo el CU de PAYMENTS WAY le serán aplicables cobros de RETEICA y                         RETEFUENTE u otros cobros que no podrán ser retornados a la cuenta de la ESAL así esta se encuentre exenta de estos.

1.6.2. Las deducciones de estos cobros cesaran una vez la ESAL tenga CU propio y se replique esta información en la consola transaccional.

1.6.3. Si la ESAL se encuentra conforme con los términos señalados en los ordinales anteriores deberá de manera clara y expresa remitir una              comunicación al correo juridica@paymentsway.co informando que desea recibir cobros transaccionales aun cuando comprende que                hasta no tener CU propio se realizarán retenciones que después no podrán ser solicitadas.

1.6.4. La ESAL mantendrá indemne a PAYMENTS WAY de cualquier cobro resultante de las transacciones que se realicen bajo el código                       único del agregador.

2.    CUMPLIMIENTO DE NORMAS SOBRE PREVENCIÓN AL LAVADO DE ACTIVOS Y FINANCIACIÓN DEL TERRORISMO EL SUBCOMERCIO.

En el presente documento, el SUBCOMERCIO hace constar que: Cumple con las normas generales y particulares sobre Prevención Lavado de Activos, financiamiento del terrorismo y Financiación a la Proliferación de Armas de Destrucción Masiva en los casos que aplique y según su industria, además de esto acepta:

2.1.  Que posee mecanismos por lo menos básicos para evitar la comisión de cualquier tipo de delito en donde el SUBCOMERCIO funja como                    instrumento para la realización de este.

2.2. Que indemnizará y mantendrá indemne y libre de daño a PAYMENTS WAY por cualquier multa, daño o perjuicio que sufra la pasarela con                  ocasión del incumplimiento por parte de EL SUBCOMERCIO o EL USUARIO de las medidas o normas de Prevención al Lavado de Activos y                Financiación al Terrorismo que sean puestas en su conocimiento por la pasarela.

2.3. Que PAYMENTS WAY podrá cruzar en cualquier momento la información que posee en sus bases de datos de EL SUBCOMERCIO o EL                         USUARIO con las listas públicas internacionales y locales sobre personas investigadas por Lavado de Activos, financiamiento del terrorismo y           Financiación a la Proliferación de Armas de Destrucción Masiva. Cuando quiera que la investigación arroje resultados positivos, se procederá a         tomar las decisiones pertinentes teniendo en cuenta las normas vigentes y el Manual de prevención SAGRILAFT PAYMENTS WAY. Todas las               disposiciones y las obligaciones y derechos derivados de las mismas relacionadas con Lavado de Activos, financiamiento del terrorismo y                   Financiación a la Proliferación de Armas de Destrucción Masiva son sustanciales y sobrevivirán a la terminación del presente contrato.

2.4. Que PAYMENTS WAY se reservarse el derecho de informar el tipo de hallazgo al SUBCOMERCIO y podrá dar por terminado el contrato tan                  solo con la simple notificación de la terminación de la relación contractual con base en un hallazgo de carácter legal que le impide continuar            con  la relación.

2.5. El SUBCOMERCIO entiende que la referencia a un hallazgo corresponde a la coincidencia de un SUBCOMERCIO en listas vinculantes (genera           rechazo o terminación del contrato), restrictivas (genera rechazo o terminación del contrato cuando la coincidencia sea de tal magnitud que             la relación contractual represente un riesgo para PAYMENTS WAY) o complementarias (genera rechazo o terminación del contrato cuando la           coincidencia sea de tal magnitud que la relación contractual represente un riesgo para PAYMENTS WAY, conforme a los instrumentos                         utilizados por la pasarela para realizar los procesos de estudio del SUBCOMERCIO. 

 

3.     ORIGEN Y DESTINACIÓN DE FONDOS: EL SUBCOMERCIO Y EL USUARIO

El SUBCOMERCIO y el USUARIO, declaran bajo la gravedad del juramento:

3.1.  Que sus ingresos provienen de actividades lícitas y que no van dirigidos a financiar actividades ilícitas, que no se encuentra con registro                     negativo en listados de prevención de lavado de activos o financiación del terrorismo nacionales o internacionales, ni dentro de una de las dos         categorías de lavado de activos (conversión o movimiento) y, en consecuencia, se obligan a responder frente a la otra Parte y terceros por                   todos los perjuicios que se llegaren a causar como consecuencia de la falsedad de esta afirmación.

3.2. Que el buen nombre y la reputación son elementos claves en la celebración y ejecución del Contrato, razón por la cual pactan que será motivo         suficiente para darlo por terminado, sin que esto genere ningún tipo de indemnización a favor de la Parte incumplida, la afectación de estos,           por el hecho de que alguna de las Partes, sus representantes legales, accionistas, socios o directivos sean incluidos en una investigación,                   informe, reporte o listado policial o judicial nacional o de autoridad extranjera, por sospechas de estar involucrado en lavado de activos, tráfico         de estupefacientes, trata de personas, proxenetismo, pornografía infantil, peculado, concusión, secuestro, extorsión, corrupción, tráfico de                 influencias, contrabando, pertenencia o tratos con organizaciones armadas ilegales o con organizaciones criminales de cualquier índole,                   tráfico de armas, terrorismo, delitos de lesa humanidad o delitos contra la libertad, integridad y formación sexuales, etc.

       Para el efecto, se comprometen a cumplir con los requisitos y obligaciones que dentro de la normatividad legal vigente le apliquen, y en                         especial en lo relativo a la prevención del riesgo de lavado de activos y financiación del terrorismo, dentro de los que se encuentran, entre otras,           el entregar información veraz y verificable y el actualizar su información institucional, comercial y financiera cuando PAYMENTS WAY le solicite.

3.3. Que el SUBCOMERCIO se obliga a implementar las medidas dispuestas en la normatividad vigente que les apliquen para prevenir que sus               operaciones puedan ser utilizadas con o sin su conocimiento y consentimiento como instrumentos para la realización de cualquier actividad           ilícita de las contempladas en las normas penales vigentes tanto nacionales como internacionales, especialmente el lavado de activos y la                 financiación al terrorismo o cualquiera de los delitos fuente de los anteriores.

Para todos los efectos el “lavado de activos” son las maniobras y procedimientos que se usan para dar apariencia de legalidad a los dineros y bienes que provienen de una actividad ilícita. Estos procedimientos incluyen disimular la procedencia y propiedad verdadera de los fondos. En general, el lavado de activos se cumple mediante la transferencia, transformación, conversión o mezcla de activos provenientes de actividades ilícitas con fondos legítimos, con el propósito de ocultar su verdadera naturaleza. Los activos ilícitos son aquellos que provienen de cualquier delito señalado por la legislación en materia penal colombiana.

4.      POLITICA CONTRACARGOS Y REVERSIONES:

1.           CONTRACARGO.

Un contracargo es la solicitud que interpone un tarjetahabiente ante el BANCO, por desconocimiento de una transacción.

1.1.  FUNDAMENTOS DEL CONTRACARGO:

       EL tarjetahabiente podrá presentar una solicitud de contracargo, sin limitarse, en los siguientes eventos:

1.1.1.  Cuando se presente un fraude por suplantación de identidad.

1.1.2. Cuando una transacción se encuentre duplicada.

1.1.3. Cuando desconoce la transacción, bien sea por que no la realizó o porque el nombre del establecimiento que se refleja en su extracto               no es reconocido.

1.1.4. Cuando el valor de la compra no constata el mismo valor reflejado en el extracto.

1.1.5. Cuando el tarjetahabiente no reciba el producto o servicio objeto del descuento a su medio de pago.

1.1.6. Cuando el producto o servicio adquirido no se ajusta a las condiciones ofertadas.

1.2. TRAMITE DEL CONTRACARGO.

1.2.1.  El BANCO adquiriente notifica la solicitud del contracargo incoada por el TARJETAHABIENTE a PAYMENTS WAY o al SUBCOMERCIO.

1.2.2. PAYMENTS WAY remitirá al SUBCOMERCIO el contracargo cuando este no sea comunicado por el BANCO al correo dispuesto por el                  SUBCOMERCIO en el proceso de registro.

         En este sentido será responsabilidad del SUBCOMERCIO prever que dicha comunicación llegará al correo electrónico registrado al                     momento de inscripción, y este puede depositarse en la bandeja de entrada, buzón no deseado o spam, en este sentido no será                         imputable a PAYMENTS WAY que el SUBCOMERCIO no se percate de la notificación del CONTRACARGO.

1.2.3. A fin de disminuir la aplicación del contracargo al SUBCOMERCIO, este deberá tener disponible, según aplique, la siguiente                                  información:

1.2.3.1. Guía de entrega del producto, donde se indiquen los datos del comprador, los datos del tarjetahabiente y la firma de recepción,                aun cuando este no corresponda a la misma persona

1.2.3.2. Factura de venta conforme a la regulación vigente.

1.2.3.3. Registro de los servicios brindados, tales como, registro de alojamiento, orden de trabajo, registro hotelero, tiquete, entre otros.

1.2.3.4. Los demás que pueda llegar a indicar PAYMENTS WAY.

1.2.4. El SUBCOMERCIO deberá remitir los soportes dentro de los cuatro (04) días hábiles contados a partir del momento de la notificación,                bien sea desde PAYMENTS WAY o el banco, so pena de la aplicación del contracargo que impida la interposición de algún tipo de                      recurso.

1.2.5. Llegado el caso de que el SUBCOMERCIO no remita los documentos en el tiempo indicado, PAYMENTS WAY podrá a su discreción                     bloquear la cuenta del SUBCOMERCIO temporalmente, hasta que se establezca el motivo del contracargo.

1.3. APLICACIÓN DEL CONTRACARGO

1.3.1.  Cuando un CONTRACARGO sea aplicado a PAYMENTS WAY, la pasarela descontara el monto de las siguientes transacciones que                        realice el SUBCOMERCIO hasta que el monto del CONTRACARGO sea cubierto.

1.3.2.  PAYMENTS WAY informara al SUBCOMERCIO el débito realizado con fundamento en el CONTRACARGO.

1.3.3.  PAYMENTS WAY velará y supervisará el proceso del CONTRACARGO en la medida que le sea permitida, sin que por ello pueda ser                      considerado como responsable de los montos que se llegaren a descontar de la cuenta del SUBCOMERCIO con ocasión al                                    CONTRACARGO.

1.3.4. PAYMENTS WAY no es responsable por los descuentos de dinero realizado al SUBCOMERCIO en virtud del CONTRACARGO.

2.     REVERSIONES:

Un REVERSIÓN es la devolución del dinero de una transacción realizada a través de la consola de PAYMENTS WAY por parte de la pasarela a petición del SUBCOMERCIO.

2.1.  FUNDAMENTO DE LA REVERSIÓN.

        Una REVERSIÓN procede en los siguientes eventos:

2.1.1.  Cuando el usuario del SUBCOMERCIO haya sido víctima de fraude.

2.1.2. Cuando PAYMENTS WAY sospeche que una transacción corresponde a un fraude, evento en el cual se comunicará con el                                      SUBCOMERCIO para solicitar soportes y validar la pertinencia de la REVERSIÓN

2.1.3. Cuando la transacción no sea consentida por el TRAJETAHABIENTE.

2.1.4. Cuando se realice un descuento al TARJETAHABIENTE con fundamento en una misma compra.

2.1.5. Cuando el pagador haya revocado la autorización de realizar débitos recurrentes a sus tarjetas de crédito o cuentas bancarias, en dicho           caso la aplicación del reverso solo es posible en tarjetas crédito.

2.1.6. Cuando el SUBCOMERCIO lo solicite a petición del TARJETAHABIENTE, por haber cometido un error en la elección de producto, se                    haya retractado de la compra (artículo 51 de la ley 1481 de 2011, Estatuto del consumidor), cuando se cancele la compra por razones                     atribuibles al SUBCOMERCIO, o cuando este no cumpla con las condiciones de calidad y cantidad ofertadas al comprador.

2.1.7. El SUBCOMERCIO podrá solicitar la REVERSIÓN parcial del dinero cuando la compra incluya varios artículos y solo desee retornar al                   TARJETAHABIENTE lo correspondiente a uno o varios de estos.

2.2.  CONDICIONES PARA REALIZAR LA REVERSIÓN.

2.2.1. El tarjetahabiente tendrá cinco (05) días hábiles para solicitar la reversión según lo descrito en el título anterior, el SUBCOMERCIO                       dispondrá de las siguientes opciones para realizar el proceso:

2.2.1.1.  El SUBCOMERCIO podrá retornar el dinero desde la CONSOLA MERCHANT hasta veinticuatro (24) horas después de realizarse la               transacción, una vez se cumpla este periodo de tiempo, tendrá que proceder conforme al siguiente numeral.

2.2.1.2. El SUBCOMERCIO tendrá que solicitar a través de correo electrónico a la dirección operaciones@paymentsway.co la solicitud                     formar de reversión, indicando datos necesarios para identificar la transacción a REVESAR, tales como (i) número de la                                 transacción, (ii) fecha de la transacción, (iii) monto de la transacción y (iv) valor de la reversión. 

2.2.2. El SUBCOMERCIO entiende que cuando sea la pasarela quien realice el proceso, el REVERSO se ve sujeto a los tiempos que dispongan            las entidades financieras.

2.2.3. En ningún caso se procesarán REVERSIONES sobre transacciones con más de noventa (90) días calendario desde el momento de la                   solicitud.

2.3. MANIFESTACIONES SOBRE LA REVERSIÓN.

2.3.1.  Que realiza la solicitud de REVERSIÓN conforme a alguno de los eventos señalados en el numeral 2.1. (FUNDAMENTOS DE LA                               REVERSIÓN).

2.3.2. Que la identificación del instrumento de pago al cual se aplicara la REVERSIÓN no debe contener el número completo del medio de                 pago, previendo la seguridad para el TARJETAHIBENTE.

2.4. TIEMPOS DE RESPUESTA PARA LA REVERSIÓN.

2.4.1.  Tanto el SUBCOMERCIO como el TARJETA HABIENTE entiende que PAYMENTS WAY puede tardar hasta quince (15) días en aplicar la                 REVERSIÓN desde el momento de la notificación de la solicitud en debida forma.

2.4.2.  PAYMENTS WAY no es responsable por el tiempo que determinen las entidades financieras para aplicar la REVERSIÓN.

2.5. RESPONSABILIDAD SOBRE LAS REVERSIONES.

2.5.1. La responsabilidad resultante de la solicitud del REVERSO, recae exclusivamente en el SUBCOMERCIO.

2.5.2. El SUBCOMERCIO libera de responsabilidad a PAYEMNTS WAY por las REVERSIONES realizadas a solicitud del emisor del instrumento              de pago o el TARJETAHABIENTE.

3.          DISPOSICIONES COMUNES

3.1.   Tanto el procedimiento del CONTRACARGO como el de REVERSIONES son procedimientos ajenos a PAYMENTS WAY SOLUTIONS S.A.S., en el           que este solo participa como mediador quedando exento de cualquier responsabilidad que pueda sobrevenir con ocasión a estos.

3.2.   Los documentos aportados por el SUBCOMERCIO como prueba para validar la compra y atender el CONTRACARGO, son analizados por                     personal del banco emisor, quienes determinarán su validez, veracidad e idoneidad.

3.3.  PAYMENTS WAY no se hace responsable por la información recibida a través del SUBCOMERCIO como medio de prueba, información que se            presumirá veraz y legal, sin perjuicio de las acciones legales que pueda entablar PAYMENTS WAY o el banco emisor en contra del                                  SUBCOMERCIO, cuando éste entregue información falsa o adulterada para respaldar una compra y atender dichas disputas.

3.4. Si PAYMENTS WAY no consigue el reintegro por débito de las sumas debitadas con objeto de los CONTRACARGOS o REVERSIONES de la                    cuenta de PAYMENTS WAY, EL SUBCOMERCIO será DEUDOR de PAYMENTS WAY, por las sumas de dinero que sean debitadas de la cuenta              de la empresa, para la atención de los CONTRACARGOS o las REVERSIONES; estos dineros deberán ser reintegrados por el SUBCOMERCIO de          forma inmediata o con un plazo máximo de cinco (05) días posteriores a la notificación de la novedad al SUBCOMERCIO

3.5. PAYMENTS WAY podrá constituir en mora al SUBCOMERCIO por los días que tarde en cancelar los dineros pendientes por pagar a PAYMENTS          WAY, mora que podrá pactarse con intereses causados a la tasa más alta permitida por la ley colombiana a la fecha.